El BCB aclara que no define el destino de los pagos realizados al exterior

El BCB aclara que no define el destino de los pagos realizados al exterior

En medio de recientes publicaciones en redes sociales y medios de comunicación sobre pagos realizados por entidades públicas fuera del país, el Banco

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En medio de recientes publicaciones en redes sociales y medios de comunicación sobre pagos realizados por entidades públicas fuera del país, el Banco Central de Bolivia (BCB) emitió un comunicado para precisar su rol en estos procesos y disipar posibles confusiones.

El BCB reiteró que actúa únicamente como agente financiero del Gobierno, cumpliendo lo establecido en la Constitución Política del Estado y en los Artículos 28 y 29 de la Ley N° 1670. Esto significa que la responsabilidad del uso, administración y destino de los recursos públicos recae en la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) de cada institución, quien también debe garantizar el cumplimiento de objetivos, metas y resultados asociados a dichos recursos.

Según el procedimiento vigente aprobado mediante resolución ministerial, las transferencias de fondos al exterior se realizan a través del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Una vez asignado el presupuesto, el requerimiento de transferencia se remite al BCB, que se limita a operativizar las instrucciones recibidas, sin intervenir en negociaciones, condiciones contractuales o decisiones sobre el destino de los recursos.

El BCB recordó que, conforme al artículo 4 de la Ley del Presupuesto General de la Nación, la MAE de cada entidad pública es responsable del uso y administración de los fondos asignados. Por ello, cualquier interpretación que atribuya al Banco Central la facultad de decidir sobre pagos internacionales no se ajusta a la normativa vigente.

Con esta aclaración, el Banco Central reafirma su compromiso con la transparencia y la correcta gestión financiera del Estado, subrayando que su función es estrictamente operativa y sujeta a las instrucciones del Ejecutivo.

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