Jueza de Pando que dictó aprehensión del Presidente de YPFB vulneró derechos y garantías constitucionales

Jueza de Pando que dictó aprehensión del Presidente de YPFB vulneró derechos y garantías constitucionales

El mandamiento de apremio contra el Presidente de YPFB, Armin Dorgathen, quedó sin efecto tras ser valorado por una autoridad judicial imparcial. Este caso evidencia que Laura Vásquez Peñaranda, juez de partido de trabajo y seguridad social N° 2 de la capital de Pando, quien ordenó la aprehensión del ejecutivo vulneró derechos y garantías fundamentales establecidas en la Constitución Política del Estado (CPE).

“Hemos demostrado de manera objetiva y con prueba documental que la juez de Cobija hizo un procesamiento indebido y, en consecuencia, se ha dado una  

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“Hemos demostrado de manera objetiva y con prueba documental que la juez de Cobija hizo un procesamiento indebido y, en consecuencia, se ha dado una  persecución absolutamente ilegal contra Dorgathen. Ella actuó de forma totalmente discrecional sin cumplir autos supremos y sentencias constitucionales”, señaló el Director General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Hidrocarburos, Chaquer Talamas.

Este mandamiento de apremio se genera porque supuestamente se habría incumplido el punto 1º del laudo arbitral 001/2020, de fecha 8/02/2020, respecto a la estabilidad laboral de un extrabajador de YPFB, quien fue desvinculado por causales establecidas en la Ley General del Trabajo; sin embargo, existen autos supremos y sentencias constitucionales que determinan expresamente que su desvinculación fue en el marco legal y que no debe ser reincorporado.

El área legal de la estatal petrolera identificó una serie de irregularidades y arbitrariedades en las decisiones de la Juez Laboral de Cobija.

“YPFB presentó una acción constitucional contra esas decisiones con el objetivo de que una autoridad judicial imparcial tome conocimiento y considere las vulneraciones de derechos y garantías constituionales contra el Presidente de YPFB, quien no es responsable del inicio de la demanda en 2017, año en la que él no se desempeñaba como la máxima autoridad de esta empresa. Además, la Estatal Petrolera aclara que presentó, ante la juez, todos los descargos respecto al cumplimiento del referido laudo arbitral”, agregó el abogado.

La autoridad jurisdiccional que conocía aquella acción constitucional, evidenció que si hubo procesamiento indebido y, por tanto, persecución ilegal del presidente de YPFB, habiendo determinado se deje sin efecto de manera inmediata el mandamiento de apremio ilegal.

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