Esta investigación está a cargo de la Gerencia Distrital Cochabamba, donde los servidores públicos asignados al caso “van a valorar de manera técnica,
Esta investigación está a cargo de la Gerencia Distrital Cochabamba, donde los servidores públicos asignados al caso “van a valorar de manera técnica, de manera objetiva, siempre en el marco de la normativa, de cómo se ha llevado adelante ese evento y determinar si cumplió con la normativa tributaria vigente en el país”.
En una conferencia de prensa convocada para explicar este tema, Cazón ratificó el contenido del Comunicado emitido el 17 de noviembre pasado por la Administración Tributaria para aclarar que no se hace una investigación al expresidente Evo Morales ni se quiere afectar su imagen.
“Por tanto —declaró—, como Mario Cazón y como Presidente del Servicio de Impuestos Nacionales, me ratifico en el comunicado que emitimos en el departamento de Potosí, en el cual señalo, que nosotros no estamos realizando ninguna fiscalización a nuestro compañero Evo Morales Ayma, como lo señala el comunicado del instrumento político MAS IPSP”.
Como parte de la investigación, el 12 de agosto de este año Impuestos Nacionales solicitó a la Coordinadora de las 6 Federaciones del Trópico de Cochabamba información pertinente sobre la organización de la Copa Evo.
Esta solicitud se hizo en el marco del Artículo 66 de la Ley Nº 2492 (Código Tributario Boliviano) que faculta a la Administración Tributaria a realizar el control, comprobación, verificación, fiscalización e investigación.
En su exposición, Cazón mostró imágenes de entradas vendidas para partidos de la Copa Evo, que se llevó a cabo del 31 de julio al 7 de agosto de 2022, en campos deportivos del Chapare, como el Centro de Alto Rendimiento de Villa Tunari.
Precisamente, la venta de entradas es el hecho generador de una obligación tributaria, como es el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA), tal como dispone el Artículo 1 de la Ley 843, cuando en su Inciso B hace referencia a “la prestación de servicios y todo otra prestación, cualquiera fuere su naturaleza, realizadas en el territorio de la Nación”.
“El Servicio de Impuestos Nacionales —recalcó Cazón— solicita información sobre un evento deportivo, el cual ha tenido la denominación de Copa Evo. Este requerimiento se lo hace el 12 de agosto de 2022, y se lo hace a la Coordinadora de la 6 Federaciones del Trópico de Cochabamba”.
Esta organización tiene un Número de Identificación Tributaria (NIT) sin fines de lucro, pero como organizadora de un evento deportivo Impuestos Nacionales le solicitó información sobre el precio y numeración de las entradas vendidas, documentación original sobre los gastos para realizar ese evento, información contable, entre otros documentos.
“Por eso hemos aclarado —enfatizó Cazón—, que la organizadora de este evento es la Coordinadora de las 6 Federaciones del Trópico de Cochabamba. He aclarado también que las personas naturales pueden ser contribuyentes, si tienen número de NIT, y también pueden ser contribuyentes las personas jurídicas. Esta investigación es a una persona jurídica, no es a una persona, es a una empresa”.
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