Impuestos amplió el periodo transitorio para implementar Facturación en Línea

Impuestos amplió el periodo transitorio para implementar Facturación en Línea

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) amplió hasta el 31 de enero de 2023 el periodo transitorio para que el “Tercer Grupo de Contribuyentes que debe Implementar una Modalidad de Facturación en Línea” continúe emitiendo Documentos Fiscales a través de la modalidad de Facturación en Línea asignada y/o la modalidad de facturación Computarizada SFV o manual utilizada con anterioridad.

Sin embargo, a partir del 1 de febrero de 2023 este grupo de contribuyentes deberá emitir Documentos Fiscales únicamente a través de la modalidad de F

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Sin embargo, a partir del 1 de febrero de 2023 este grupo de contribuyentes deberá emitir Documentos Fiscales únicamente a través de la modalidad de Facturación en Línea asignada, conforme dispone la Resolución Normativa de Directorio (RND) N° 102200000025, de 18 de mayo de 2022.

Esta prórroga está contemplada en la RND N° 102200000025, de 29 de noviembre de 2022, difundida por el SIN en un medio de circulación nacional, su página web www.impuestos.gob.bo y sus cuentas oficiales en Facebook, Twitter e Instagram.

La Administración Tributaria comenzó el 1 de diciembre de 2021 la implementación del Sistema de Facturación, con tres nuevas modalidades de facturación en línea: Electrónica en Línea, Computarizada en Línea y Portal Web en Línea; y se mantuvo vigentes las facturaciones Manual, Prevalorada y Computarizada (SFV).

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