“Garanticemos el gas para los bolivianos, eliminemos las restricciones a la autogeneración de energía eléctrica de nuestras industrias”

“Garanticemos el gas para los bolivianos, eliminemos las restricciones a la autogeneración de energía eléctrica de nuestras industrias”

En el 2014 nuestras industrias miraban con optimismo que el Gobierno Nacional permita a las empresas industriales utilizar gas natural para la autogeneración de energía eléctrica, a través del Decreto Supremo 1996.

Las industrias bolivianas, creyendo en el compromiso del Gobierno, realizaron inversiones millonarias con la compra de generadores y otras tecnologías

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Las industrias bolivianas, creyendo en el compromiso del Gobierno, realizaron inversiones millonarias con la compra de generadores y otras tecnologías modernas para la autogeneración de energía eléctrica a través del gas natural.

Esto permitió que las industrias tengan una fuente de energía estable y continua, sin cortes de electricidad por el alto consumo. Esto también resultó de beneficio para la población, al acceder a productos bolivianos a un menor precio y haciéndonos olvidar los temores de cortes de energía en nuestros hogares.

Sin embargo, ahora el Gobierno actual está quitando el gas a nuestras industrias. Están negando a las industrias del país a que se autogeneren energía eléctrica con el gas natural, el gas de los bolivianos.

En septiembre del año pasado, mediante el Decreto Supremo 4794, el Gobierno dispuso un plazo mínimo a nuestras industrias, para que se conecten al Sistema Interconectado Nacional, en palabras simples, para que tengan su energía eléctrica por el tendido eléctrico convencional.

Esto no fue consultado con el sector empresarial y desconoce todos los esfuerzos e inversiones de nuestras industrias, quienes creyeron en el compromiso del Gobierno desde el 2014.

Por eso:

  • Resulta contradictorio que desde el 2007 el Gobierno nos suspende las exportaciones[1] o pone cupos de exportación para la soya, azúcar, carne, sorgo, maíz y aceites[2]. Mientras que ahora ellos no quieren abastecer el mercado interno del gas para las industrias bolivianas.
  • Resulta contradictorio que durante el 2003 los bolivianos luchamos para que el gas sea nuestro y el 18 de julio de 2004, mediante el referéndum gestado por el Decreto Supremo 27449, aprobamos que el Estado debe cubrir el consumo de gas de los bolivianos. Sin embargo, ahora el Gobierno se está quitando este recurso a industrias bolivianas para que se autogeneren energía.
  • Resulta contradictorio también, que en vez de aplicar medidas en contra del contrabando se asumen políticas que quitan competitividad a nuestras industrias, lo cual encarecerá los precios de los productos para la población.

El Gobierno está obligado a garantizar el consumo y mercado interno del gas de manera permanente e ininterrumpida para el consumo industrial y doméstico. Esto no lo dice un simple Decreto Supremo, sino la propia Constitución Política del Estado, la Ley 3058 “Ley de hidrocarburos” y la Ley 3740 “Ley de desarrollo sostenible del sector de hidrocarburos”.

Con el Decreto Supremo 4794 el Gobierno Nacional estará quitando el gas a las industrias bolivianas, para dárselas a otros países, como Argentina y Brasil, desde septiembre de este año.

El gas debe seguir siendo de los bolivianos y de nuestras industrias. Es un derecho constitucional y por eso el Gobierno debe asegurar el consumo interno del país antes de vender nuestro recurso a países vecinos.

[1] D.S. 29229 15/08/2007 (suspensión de exportación de harina de trigo, trigo y manteca animal y/o vegetal); D.S. 29460 27/02/2008 (suspensión de exportación de animales bovinos, carne de res y pollo, trigo y maíz); D.S. 29480 19/03/ 2008 (inclusión de suspensión de exportación al D.S. 29460 del aceite de girasol); D.S.435 24/02/2010 (suspensión excepcional y temporal de exportación de maíz y sorgo).

[2] D.S. 29524 18/04/2008 (exportación con verificación previa de suficiencia de abastecimiento interno de aceite de girasol); D.S. 373 02/12/2009 (exportación con verificación previa de suficiencia de abastecimiento interno de arroz); D.S. 725 06/12/2010 (exportación con verificación previa de suficiencia de abastecimiento interno de soya); D.S. 1163 14/03/2012 (exportación previo con Certificado de Suficiencia de Abastecimiento Interno de arroz, carne de res y maíz); D.S. 1283 del 04/07/2012 (exportación previo con Certificado de Suficiencia de Abastecimiento Interno de soya); D.S. 2218 17/12/2014 (exportación previo con Certificado de Suficiencia de Abastecimiento Interno de soya).

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