El Gobierno incentiva la importación de vehículos flex e híbridos y establece la devolución inmediata de CEDEIMs a través de dos decretos

El Gobierno incentiva la importación de vehículos flex e híbridos y establece la devolución inmediata de CEDEIMs a través de dos decretos

Estos dos decretos forman parte del acuerdo de 10 puntos firmado entre el Gobierno y los empresarios privados, con la finalidad de impulsar el crecimi

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Estos dos decretos forman parte del acuerdo de 10 puntos firmado entre el Gobierno y los empresarios privados, con la finalidad de impulsar el crecimiento y estabilidad económica de Bolivia, así como reducir la especulación en la demanda de dólares y avanzar en la sustitución de importaciones.

En el marco del Acuerdo Económico, Productivo y Empresarial, suscrito el 19 de febrero de 2024 entre el Gobierno Nacional y los empresarios privados, el Presidente del Estado Luis Arce Catadora promulgó dos decretos para fomentar la importación de vehículos con tecnología flex fuel vía incentivos tributarios y agilizar la devolución del Certificado de Devolución Impositiva (CEDEIM) para exportadores.

El Decreto Supremo N°5142 tiene el objetivo de incentivar el uso de aditivos de origen vegetal a través de la importación de vehículos con tecnología flex fuel, diversificando la matriz energética.

“Con el objetivo de promover el consumo de este tipo de vehículos (flex) se ha establecido una política de importación de este tipo de motorizados con 0% de Gravamen Arancelario y 0% del Impuesto al Consumo Específico (ICE)”, informó el Viceministro de Política Tributaria, Jhonny Morales en conferencia de prensa.

También se establecen incentivos financieros para la fabricación y compra de este tipo de motorizados con tecnología flex fuel. En ese sentido, la compra de estos vehículos será considerada como financiamiento al sector productivo.

Los incentivos tributarios y financieros para fomentar la importación de vehículos flex estará vigente por tres años computables a partir de los30 días calendario posteriores a la vigencia de la norma.

“Nosotros hacemos un cálculo que, por la importación de 10.000 vehículos de este tipo, el Estado se ahorraría más de 100 millones de bolivianos y, por otra parte, en el tema de la subvención se tendría un ahorro de 55 millones de bolivianos”, proyectó el Viceministro Morales.

La ventaja de los vehículos flex fuel es que tienen la capacidad de consumir hasta un 85% de etanol y un 15% de gasolina.

Los vehículos con tecnología flex fuel son aquellos que pueden utilizar indistintamente combustible con mezcla de aditivos de origen vegetal y combustibles de origen fósil, o una combinación de ambos; los motorizados híbridos auto recargables combinan un motor de combustión y un motor eléctrico, que no requieren de una conexión de fuente externa de alimentación eléctrica para cargar la batería asociada; y los autos eléctricos combinan un motor de combustión y un motor eléctrico, que requieren de una conexión de fuente externa de alimentación eléctrica (enchufe), para cargar la batería.

Devolución impositiva

Asimismo, el Gobierno Nacional promulgó el Decreto Supremo N°5145 que establece una nueva modalidad de devolución de los Certificados de Devolución Impositiva a favor de los Exportadores que ingresen al país el total de divisas de sus exportaciones.

Con esta normativa se establece 15 días calendario para la devolución impositiva cuando el exportador presente su respaldo de ingreso efectivo de divisas al país por el 100% del valor de su exportación.

“Con este decreto todo exportador que ingrese la totalidad del valor de sus exportaciones va a tener una devolución inmediata de los certificados de devolución impositiva”, declaró el Viceministro.

Entre los principales beneficios, detalló, con esta nueva modalidad los exportadores se beneficiarán con un costo financiero menor por la presentación de una póliza de seguro de caución a primer requerimiento, como alternativa a la boleta de garantía bancaria actualmente vigente, para acceder a la devolución inmediata de sus impuestos a través de CEDEIM´s, lo que a su vez les permitirá contar con una mayor liquidez para la realización de sus actividades empresariales.

“Con esta tercera modalidad, nuestro cálculo que tenemos es que entre 1.500 a 2.000 millones de dólares entren bajo este mecanismo en un año”, proyectó Morales

El Certificado de Devolución Impositiva (CEDEIM) se constituye en el mecanismo legal para la devolución de impuestos a los exportadores; es un título valor transferible por simple endoso, con vigencia indefinida.

En este contexto, el Gobierno Nacional cumple el convenio firmado con los empresarios privados para fortalecer la estabilidad económica y trabajar de forma conjunta con los privados para impulsar el crecimiento económico.

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