El monto efectivamente devuelto por concepto del 5% del IVA incluye el reintegro correspondiente a diciembre de 2021, tanto en la modalidad manual com
El monto efectivamente devuelto por concepto del 5% del IVA incluye el reintegro correspondiente a diciembre de 2021, tanto en la modalidad manual como automática, que se realizó en enero de 2022.
Este 11 de febrero se cumple un año de la entrega del primer abono del Re-IVA, ocasión en la que el presidente Luis Arce Catacora entregó un váucher simbólico por Bs380,70 al beneficiario Javier Fausto Cachi Vásquez.
El Gobierno nacional instituyó el Re-IVA mediante la Ley Nº 1355, de 28 de diciembre de 2020, en el marco de la implementación de medidas para la reactivación de la demanda interna y la reconstrucción de la economía boliviana.
El Re-IVA beneficia con la devolución del 5% del IVA a las personas naturales con un ingreso promedio mensual igual o menor de Bs9.000.
Detalle de los beneficiarios
Del total de personas registradas en el Re-IVA, 32.945 son asalariados (Dependientes); 34.360, trabajadores por cuenta propia (Independientes); y 450, rentistas y derechohabientes (Jubilados).
Mientras que 60.784 inscritos eligieron la modalidad de cómputo automático; es decir que el SIN identifica y cuantifica las facturas emitidas en el mes a nombre y número de la Cédula de Identidad del beneficiario.
Y 6.971 optaron por el registro manual de facturas y envío a la Administración Tributaria; esto significa que el mismo beneficiario debe registrar y enviar el detalle de las facturas del mes mediante el Formulario 111, a través del aplicativo “Mis Facturas”, hasta el día cinco del mes siguiente al periodo sujeto a reintegro del IVA.
Para continuar recibiendo la devolución del 5% del IVA, los beneficiarios deben renovar su registro a través de la página web www.impuestos.gob.bo, pulsar el botón Re-IVA RENOVACIÓN 2022 (llenar Datos de Verificación).
Las personas naturales que aún no se registraron en el Re-IVA, pueden ingresar también en la página web www.impuestos.gob.bo, Oficina Virtual, opción “Registro de Beneficiarios Re-IVA”, para llenar una Declaración Jurada, completando el Formulario 203 con sus datos personales.
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