ASFI aclara que norma de reprogramación de créditos debe facilitar y mejorar accesibilidad de pago a los prestatarios

ASFI aclara que norma de reprogramación de créditos debe facilitar y mejorar accesibilidad de pago a los prestatarios

La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), aclaró este jueves que la norma para la reprogramación de créditos, emitida en pasados días, establece la posibilidad de incluir periodos de gracia y otros aspectos necesarios, que faciliten y mejoren la accesibilidad de los prestatarios a soluciones adecuadas a su situación particular y su realidad actual de su capacidad de pago y las perspectivas futuras de sus ingresos.

La Autoridad de Supervisión también precisó que la Carta Circular CC-13514/2022 de 11 de noviembre de 2022, que establece esta reprogramación tiene al

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La Autoridad de Supervisión también precisó que la Carta Circular CC-13514/2022 de 11 de noviembre de 2022, que establece esta reprogramación tiene alcance nacional y aplica, tanto a los afectados por el paro de actividades en el departamento de Santa Cruz, como a prestatarios impactados por los fenómenos climatológicos (sequías, heladas y lluvias extremas) que están ocurriendo en diversos municipios del país, debiendo aplicarse según las condiciones particulares de cada deudor, en función a la afectación.

Estas aclaraciones fueron realizadas ante aseveraciones difundidas por un medio de comunicación televisiva, en el sentido que las entidades financieras, con base en la norma emitida ASFI, estarían efectuando reprogramaciones de créditos a prestatarios afectados por la coyuntura que atraviesa el país, limitando su aplicación a la postergación del pago de cuotas por solo dos meses, además de incluir otras restricciones.

ASFI aclara a la población en general que la operativa señalada en la referida nota no corresponde a las disposiciones emitidas por este Órgano Supervisor, ni es concordante con la naturaleza y objetivos de la misma.

Por tanto, ASFI comprometida con su rol de proteger los derechos de los consumidores financieros y en el ejercicio de sus funciones y atribuciones, realizará permanente monitoreo a las operaciones de reprogramación, a fin de verificar que éstas se adecúen plenamente a las disposiciones normativas vigentes.

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