El Gobierno promulga dos decretos que reglamentan el PGE-2024 y una norma para utilizar 6% de las utilidades de la banca para la función social

El Gobierno promulga dos decretos que reglamentan el PGE-2024 y una norma para utilizar 6% de las utilidades de la banca para la función social

Con el decreto N°5095 se amplía la exención del pago del IVA para la importación de bienes de capital y plantas industriales, hasta el 31 de diciembre

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Con el decreto N°5095 se amplía la exención del pago del IVA para la importación de bienes de capital y plantas industriales, hasta el 31 de diciembre de 2024, con la finalidad de apoyar al sector productivo. Esta exención ya tiene vigencia por tres años consecutivos.

Con la promulgación de los Decretos Supremos N°5094 y N°5095 se reglamenta la aplicación de la Ley N° 1546 del Presupuesto General del Estado (PGE) 2024 y con el DS N°5096 se destina el 6% de las utilidades de los Bancos Múltiples y Pymes para fomentar el sector productivo, anunció hoy el Ministro de Economía y Finanzas Públicas, Marcelo Montenegro.

El PGE 2024 entró en vigencia en cumplimiento a la Constitución Política del Estado (CPE) que, en su artículo 158, numeral 11, establece que es atribución de la ALP: “Aprobar el Presupuesto General del Estado presentado por el Órgano Ejecutivo. Recibido el proyecto de ley, éste deberá ser considerado en la Asamblea Legislativa Plurinacional dentro del término de sesenta días. En caso de no ser aprobado en este plazo, el proyecto se dará por aprobado”.

En esa línea, la Ley 1546 debe ser reglamentada. “Todos los años se reglamenta la Ley del Presupuesto, no es que ahora para esta gestión la estamos reglamentando, como han querido señalar (algunos asambleístas) que será por decretazo, eso es totalmente falso”, aclaró el Ministro, en conferencia de prensa.

El Decreto Supremo N°5094 tiene la finalidad de reglamentar de forma operativa el funcionamiento de varios artículos del PGE 2024, como la transferencia extraordinaria de recursos a los gobiernos locales, entre otras funciones específicas que requieren de una reglamentación.

Incentivos tributarios

Asimismo, con la promulgación del Decreto Supremo N°5095, se reglamenta el artículo 18 del PGE para regular los incentivos tributarios a la importación y comercialización de bienes de capital y plantas industriales, destinados a los sectores agropecuario, industrial, construcción y minería.

Con esta norma queda exento el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la importación de bienes de capital y plantas industriales, incentivos tributarios que estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2024, anunció Montenegro.

Este decreto escucha el pedido de muchos productores que pidieron ampliar el plazo de la exención impositiva para importar los bienes de capital y tecnificar su producción, por esta razón se definió ampliar por tercer año consecutivo los incentivos tributarios para importar los bienes de capital.

“Queda claro para el Gobierno Nacional que esta medida fue exitosa y ha sido uno de los grandes aciertos de la gestión del Presidente, Luis Arce, por esa misma razón la volvemos a implementar”, remarcó Montenegro.

La aplicación de esta medida implicó un sacrifico fiscal por $us250 millones por dejar de cobrar el IVA, en beneficio de acceder a tecnología moderna.

Utilidades de la banca para función social

Asimismo, el Decreto Supremo N° 5096 determina el porcentaje de las utilidades netas de la gestión 2023 que los Bancos Múltiples y Bancos PYME deberán destinar al cumplimiento de la función social de los servicios financieros.

“Este porcentaje es del 6% y más o menos ronda por los 15,7 millones de dólares que han obtenido en la gestión pasada”, señaló el Ministro.

Las utilidades que generaron estas entidades financieras son destinadas a la conformación de Fondos de Garantía, como el Fondo de Garantías de Créditos de Vivienda de Interés Social (FOGAVISP); Fondo de Garantías de Créditos al Sector Productivo (FOGACP), Fondo de Garantía de Créditos para el Sector Gremial (FOGAGRE); así como el Fondo para Capital Semilla (FOCASE), entre otros.

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