El Reglamento tiene por objeto normar las operaciones financieras con el extranjero de las empresas públicas del nivel central del Estado y empresas
El Reglamento tiene por objeto normar las operaciones financieras con el extranjero
de las empresas públicas del nivel central del Estado y empresas en las que el Estado
tenga mayoría accionaria, sus Filiales y Subsidiarias, a fin de que estas realicen sus
operaciones con el extranjero a través del BCB.
La nueva normativa aplica a transferencias del y hacia el exterior, inversiones
financieras en el extranjero y liquidación de operaciones de exportación de las
empresas a las que se aplica la nueva norma.
En línea con este marco, las operaciones para las empresas en las cuales el Estado
tenga mayoría accionaria, sus Filiales y Subsidiarias, no están sujetas a cobro de
comisiones; por otra parte, a objeto de que puedan realizar transferencias al extranjero
destinadas a pagos de obligaciones del capital de operaciones podrán canalizar
dichos pagos a través del Sistema Financiero Nacional.
En este sentido, los aspectos operativos serán publicados en Circular Externa del BCB
para la implementación correspondiente. Asimismo, se deja sin efecto la Resolución
de Directorio N° 39/2022 del 10 de mayo de 2022 y N° 50/2022 del 7 de julio de 2022.
El BCB, comprometido con la estabilidad y el desarrollo económico y social del país.
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